Alcance normativo · Versión 1.9
Explicación de listas de consulta
Qué listas consulta MéTRIK Valida, bajo qué fundamento legal, con qué tratamiento diferenciado y qué queda fuera del perímetro. Documento auditable para soportar el alcance ante supervisor y auditor.
1. Introducción
MéTRIK Valida es una herramienta tecnológica de validación automatizada contra las listas restrictivas que el marco SARLAFT colombiano exige o reconoce para la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP). Para garantizar defensa normativa ante supervisor (SFC, Supersociedades, Supertransporte) y auditor, cada lista que Valida consulta tiene un fundamento legal específico y un tratamiento diferenciado según su carácter vinculante.
Este documento explica:
- Qué listas se consultan
- Quién las emite (autoridad oficial)
- Cuál es el fundamento legal colombiano de su consulta
- Qué tratamiento debe darle el sujeto obligado
- Qué queda explícitamente fuera del alcance SARLAFT de Valida
Validación normativa
2. Clasificación en tiers
Valida consulta seis (6) listas activas, clasificadas en tres tiers operativos según su carácter vinculante: dos vinculantes (ONU y CSN Colombia), una obligatoria de construir (PEP Colombia) y tres internacionales cuyo carácter vinculante depende del supervisor (OFAC SDN, Unión Europea y US State Dept FTO). La clasificación afecta directamente la consecuencia jurídica de un hallazgo y, por tanto, el tratamiento que debe darle el oficial de cumplimiento.
| Tier | Naturaleza | Listas incluidas | Consecuencia legal |
|---|---|---|---|
| Tier 1 · Vinculante | Listas internacionalmente vinculantes implementadas en Colombia. | ONU Consolidated, CSN Colombia | Bloqueo de la operación + ROS UIAF |
| Tier 2 · Obligatoria construir | Listas obligatorias sin fuente única — el sujeto obligado debe construir su registro. | PEP Colombia (SIGEP) | Debida diligencia ampliada (Decreto 830/2021) |
| Tier 3 · Según supervisor | Listas internacionales de EE. UU. y de la UE. Su carácter vinculante depende del supervisor del sujeto obligado. | OFAC SDN, EU Consolidated Sanctions, US State Dept FTO | Terrorismo: reporte inmediato según la norma del supervisor. Resto: decisión motivada del sujeto obligado. |
Nota sobre Tier 4 — Valida Diligencia (módulo aparte, en servicio)
POST /v1/diligencia), disclaimer propio y cobro aparte del paquete SARLAFT. Opera con dos fuentes: el registro de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación (SIRI, dato abierto) y el registro de multas y sanciones de SECOP II. Sus resultados llevan el sello «Referencia · decisión del cliente». Un hallazgo de Diligencia no es un hallazgo SARLAFT: no entra en la consulta de validación, no figura en las listas consultadas, no sale en el reporte PDF ni en la certificación mensual de actualización, y no genera severidad SARLAFT. Presentarlo ante un supervisor como sanción LA/FT/FP es un error de fondo del sujeto obligado. Contratar el módulo SARLAFT no habilita Diligencia: son alcances distintos y se contratan por separado.Diferenciación visual obligatoria
3. Tier 1 — Listas vinculantes
Obligación legal explícita de consulta. Si el sujeto obligado confirma una coincidencia en estas listas, debe reportarla de manera inmediata a la UIAF y a la Fiscalía General de la Nación según la norma de su supervisor (Supertransporte: Res. 2328/2025, art. 5.6.11.2, lit. f; Supervigilancia: C.E. 20240000245/2024, num. 5.4.3; Supersociedades: C.E. 100-000020/2026, num. 9.15) y abstenerse de vincular. No es discrecional.
ONU Consolidated Sanctions
Tier 1Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Lista CSN Colombia
Tier 1Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Fuente oficial
4. Tier 2 — Listas obligatorias de construir
No hay una lista oficial unificada — el sujeto obligado debe construir su propio registro a partir de fuentes oficiales y declaración del cliente.
PEP Colombia (Personas Expuestas Políticamente)
Tier 2Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Fuente oficial
5. Tier 3: listas internacionales (carácter vinculante según el supervisor)
Listas de EE. UU. y de la UE: su carácter vinculante depende de su supervisor
Las normas de la Superintendencia de Transporte, de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y de la Superintendencia de Sociedades incluyen las listas de terroristas de los Estados Unidos de América y de la Unión Europea en su definición de Listas Vinculantes, y el Acuerdo 897 de 2026 del CNJSA las incluye en su definición de listas internacionales vinculantes. El resto de OFAC y de la lista consolidada de la Unión Europea son listas restrictivas de consulta, y algunos supervisores, como el CNJSA, ordenan consultarlas. En sus conceptos de 2011 y 2015, la Superintendencia Financiera señaló que solo las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son vinculantes. Cada sujeto obligado debe verificar la norma de su supervisor.
Por eso Valida separa, dentro de estas listas, las designaciones de terrorismo (toda la lista FTO del Departamento de Estado, los programas de terrorismo de OFAC y los regímenes de terrorismo de la UE, entre ellos el de la Posición Común 2001/931/PESC y el Reglamento (CE) 2580/2001) del resto. Una coincidencia con una designación de terrorismo se muestra con el rótulo «Verifique con su supervisor» y, si es exacta, con severidad ALTO. Las demás coincidencias con OFAC y con la consolidada de la UE se muestran con el rótulo «Lista restrictiva». Una entrada que no puede clasificarse con certeza se trata como designación de terrorismo. Cada resultado indica la versión de la clasificación con que se rotuló.
OFAC SDN (Lista Clinton)
Tier 3Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Fuente oficial
EU Consolidated Financial Sanctions
Tier 3Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Fuente oficial
US State Dept Foreign Terrorist Organizations (FTO)
Tier 3Emisor
Fundamento legal Colombia
Descripción
Obligación / tratamiento
Volumen
Fuente oficial
Por qué se consulta si OFAC SDN ya la cubre
6. Lo que NO está dentro del alcance SARLAFT
Las siguientes fuentes se consultan en otros contextos (contractual, tributario, licitaciones, disciplinario), pero no forman parte del módulo SARLAFT de Valida. Las cubre el módulo aparte «Valida Diligencia», que está en servicio en fase beta con alcance, disclaimer y cobro propios, y que hoy opera con el registro disciplinario SIRI de la Procuraduría y el registro de multas y sanciones de SECOP II, ambos con sello «Referencia · decisión del cliente» y fuera del reporte SARLAFT. Que una fuente esté disponible en Diligencia no la incorpora al alcance SARLAFT de este documento. Tampoco forma parte del Servicio la lista INTERPOL Red Notices: no es vinculante ni la exige norma SARLAFT alguna, y sus términos de uso no permiten su consulta automatizada con fines comerciales; el sujeto obligado puede consultarla por su cuenta directamente en la fuente oficial.
| Lista | Por qué no está en el módulo SARLAFT |
|---|---|
| RUNFT | No existe con ese nombre en la normativa colombiana consultada (sept 2026). Eliminado. |
| FATF high-risk jurisdictions | Lista de países, no de personas. Insumo de riesgo geográfico, se aplica como factor «jurisdicción» en la matriz de segmentación, no como cotejo de listas. |
| BM / FMI debarred firms | Sancionados por organismos multilaterales en licitaciones internacionales. Materia contractual, no SARLAFT. |
| SECOP / DNP inhabilitados | Inhabilitación en contratación pública (Ley 80, Ley 1150). No es LA/FT/FP. Disponible en el módulo aparte Valida Diligencia, fuera del reporte SARLAFT. |
| Paraísos fiscales DIAN / OCDE | Régimen tributario (Decreto 1357/2024). Se aplica como factor «jurisdicción» en la matriz, no como lista SARLAFT. |
| Procuraduría — antecedentes disciplinarios (SIRI) | Sanción disciplinaria, no LA/FT/FP. Disponible en el módulo aparte Valida Diligencia, fuera del reporte SARLAFT. |
Razón de separación
7. Marco legal colombiano aplicable
Las siguientes normas constituyen el fundamento legal de la operación de Valida y de las obligaciones de consulta que el sujeto obligado debe cumplir.
| Norma | Aplicación a Valida |
|---|---|
| Ley 1121/2006 Art. 20 | Regula la transmisión y verificación de las listas vinculantes para Colombia conforme al Derecho Internacional. No las enumera. |
| Ley 1581/2012 | Protección de datos personales. Valida es Responsable del Tratamiento frente a personas consultadas. SIC como autoridad. |
| Ley 1480/2011 Art. 43 | Cláusulas abusivas ineficaces. Valida opera B2B estricto con sujetos obligados (no consumidores). |
| Decreto 830/2021 | Régimen PEP Colombia. Define obligación de debida diligencia ampliada y la lista oficial vía SIGEP. |
| Circular Básica Jurídica SFC C.E. 006/25 | SARLAFT sector financiero — vigente Parte I Título IV Cap. IV. |
| Resolución 2328/2025 Supertransporte | SARLAFT sector transporte, modificada por las Resoluciones 16615/2025 y 4607/2026. Su art. 5.6.2 incluye en la definición de Listas Vinculantes las listas de terroristas de EE. UU. y de la UE; el art. 5.6.11.2, lit. f, ordena el reporte inmediato a la UIAF y a la Fiscalía. |
| Circular Externa 20240000245/2024 Supervigilancia | SARLAFT 2.0 de vigilancia y seguridad privada. Su num. 3 define las Listas Vinculantes con el mismo alcance que Supertransporte; el num. 5.4.3 ordena el reporte inmediato. |
| Circular Externa 100-000020/2026 Supersociedades | Circular Básica Jurídica, Cap. IX (SAGRILAFT y Régimen de Medidas Mínimas). Deroga la C.E. 100-000016/2020. Su num. 9.2 define las Listas Vinculantes con el mismo alcance; los num. 9.15 y 9.21.4 ordenan el reporte inmediato. |
| Acuerdo 897/2026 CNJSA | Juegos de suerte y azar territoriales. Art. 3: incluye las listas de terroristas de EE. UU. y de la UE en su definición de listas internacionales vinculantes; art. 12, segunda viñeta: consulta obligatoria de OFAC SDN y de las consolidadas de la UE. |
| Conceptos SFC 2011041962-001 (2011) y 2015017527-002 (2015) | Criterio de la Superintendencia Financiera en esas fechas: solo las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son vinculantes. Son anteriores al Acta del Consejo de Seguridad Nacional de 2020 y no son el criterio de Supertransporte, Supervigilancia, Supersociedades ni CNJSA. |
| Sentencia Corte Constitucional C-1008/10 | Aplicación de la limitación de responsabilidad — excluye dolo y culpa grave (Código Civil Art. 63). |
8. Actualización de las listas
MéTRIK ejecuta procesos automatizados de scraping diario contra las fuentes oficiales de cada lista. Para listas vinculantes (Tier 1), el desfase entre la publicación oficial y la disponibilidad en Valida es de máximo 24 horas hábiles.
- Cada actualización queda registrada en bitácora con hash de versión y timestamp.
- El historial de versiones es auditable — el sujeto obligado puede demostrar contra qué versión exacta de cada lista se hizo una consulta histórica.
- El reporte PDF de cada consulta indica la fecha de última actualización de cada lista consultada en ese momento.
- Si una fuente oficial cambia su estructura y Valida no logra parsearla, se genera alerta interna inmediata para que el equipo lo resuelva antes de que afecte consultas en producción.
Certificación de actualizaciones
De dónde sale el volumen de cada lista
El campo Volumen de cada ficha no está redactado: se lee del catálogo de Valida en el momento de abrir esta página o de generar el PDF, de la misma fila de la que lo lee la certificación mensual. Por eso cada ficha dice de qué versión vigente sale el número y cuándo se descargó esa versión, y por eso este documento y la certificación no pueden discrepar en el mismo dato. Si alguna ficha muestra «No disponible», el catálogo no respondió al generar el documento — el resto del alcance sigue siendo válido y el volumen vigente está en la certificación del mes.
Qué dicen las tres fechas
Por cada lista, Valida publica cuándo la verificó por última vez, cuándo cambió su contenido por última vez y cuándo la fuente declara haber publicado. Son hechos distintos. Una lista puede llevar meses sin cambiar porque la fuente no ha publicado nada nuevo, y eso no es una interrupción del Servicio: la verificación sigue corriendo y queda registrada en bitácora con hash de versión.
Desfase de la fuente en PEP Colombia
El listado del artículo 7 del Decreto 830 de 2021 lo publica la Función Pública en SIGEP. Valida lo consulta a diario y sirve el último corte que esa fuente ha publicado; la fecha exacta aparece en la ficha de la lista y en la certificación mensual. Cuando ese corte se distancia de la fecha de verificación, el sujeto obligado debe saberlo y obrar en consecuencia.
El listado no sustituye la identificación por cargo
La condición de PEP la determina el cargo, conforme al artículo 2 del mismo decreto, no la aparición en el listado. Una persona posesionada después del último corte publicado es PEP aunque no figure allí. El listado es un apoyo operativo y no sustituye los controles propios del sujeto obligado: la declaración de PEP en el formulario de vinculación, la identificación por cargo y la debida diligencia ampliada con monitoreo intensificado que exige el Decreto 830.
Valida no certifica que una persona no sea PEP: certifica contra qué versión exacta de qué lista se hizo la consulta.